Terminas un trabajo. El cliente te paga. Y cuando revisas lo que entró a tu cuenta te preguntas: «¿Dónde fue el resto?»
Si eres fotógrafo, diseñador o filmmaker freelance en República Dominicana, esa pregunta tiene dos respuestas con nombre propio: retención ISR e ITBIS. Entender estos dos conceptos es la diferencia entre cobrar bien y trabajar gratis para el Estado.
¿Cuánto te queda en el bolsillo?
Cálculo según método oficial DGII — para fotógrafos, diseñadores y filmmakers
01Lo que necesitas saber (sin el rollo)
¿Qué es el ISR del 15%?
Cuando facturas a una empresa grande, el cliente está obligado a retenerte el 15% y entregarlo a la DGII. Tú nunca ves ese dinero — pero tampoco lo pierdes. Es un adelanto que recuperas cuando declares al final del año.
¿Todos los clientes retienen?
No. Solo empresas y contribuyentes especiales registrados para retener. Si tu cliente es una persona natural o un negocio pequeño, no retienen — y ese 15% queda en tus manos, aunque igual debes declararlo.
¿Qué es el ITBIS del 18%?
Es el equivalente dominicano del IVA. Solo aplica si tienes RNC activo para emitir NCF con ITBIS (B01). Lo cobras al cliente, pero no es tuyo — se lo entregas al Estado. Si tus proveedores también te cobran ITBIS, ese monto te sirve como crédito.
¿Trabajo informal? ¿B02?
No aplica ITBIS en tu factura. Pero tampoco puedes reclamar crédito fiscal por lo que pagas a tus proveedores.
El tip más importante:
Siempre cotiza sobre lo que quieres recibir, no sobre el bruto. Si quieres llevar RD$15,000 limpios y tu cliente retiene ISR, necesitas cobrar mínimo RD$17,647 (divide entre 0.85). Usa la calculadora arriba y ajusta hasta que el número te cuadre.
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